Brasil obliga a rotular la IA. Ecuador todavía no.

by Redacción · 28 de agosto de 2026

El Tribunal Superior Electoral de Brasil aprobó la Resolução 23.755, del 2 de marzo de 2026. La norma obliga a quien emite propaganda a informar, de modo explícito, destacado y accesible, el uso de contenido sintético multimedia: texto, audio, video o imagen creados o alterados de forma significativa por inteligencia artificial.

Hay una ventana. Queda prohibida la publicación, la republicación —incluso gratuita— y el impulso pagado de nuevos contenidos sintéticos que usen imagen o voz de un candidato en las 72 horas anteriores al pleito y las 24 horas posteriores, aunque el material lleve rótulo.

En Ecuador el contraste es otro reloj. El CNE controlará por primera vez las redes sociales en la campaña de las seccionales de noviembre. Todavía no hay una obligación equivalente de rotular la IA. Recién entra a las plataformas.

La pregunta regional no es si la inteligencia artificial existe. Es quién debe rotular, y cuándo empieza el reloj.


Brasil no discute si la IA circula: discute el aviso y el minuto en que se apaga el grifo. Ecuador, en estas seccionales, entra por primera vez a fiscalizar redes. El contraste de oficio no es un ranking de países. Es un desfase de formato: allá el rótulo es obligación de campaña; aquí el control de plataformas todavía está por estrenarse.

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